Colombia.com - Bogotá - Lunes, 18 MAR 2013
El gobierno reglamentó la
prestación de los servicios de salud para garantizar la interrupción voluntaria
del embarazo, en los tres casos que definió la Corte Constitucional.
El Consejo de Estado anuló esa
norma, porque en su criterio fue expedida ilegalmente y fijaba asuntos sobre
una sentencia sin que existiera una ley al respecto.
El decreto 4444 de 2006,
reguló la objeción de consciencia de los médicos, y estableció directrices para
las EPS, los municipios, los hospitales, entre otras autoridades, sobre la
forma de atender a las mujeres que soliciten detener el periodo de gestación. Leer más
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